Cuando una empresa no ha evolucionado económicamente como se esperaba y no puede hacer frente a sus deudas se convierte en una situación preocupante para los empresarios que la forman. Reflotar un negocio no es tarea fácil, pero se puede conseguir gracias a la ley de segunda oportunidad o también llamado concurso de acreedores.
Esta ley ofrece muchas ventajas a los emprendedores para comenzar de nuevo la actividad empresarial. Sin embargo, ampararse en esta norma tampoco es nada fácil. Para ello, es necesario un equipo gestor o una consultoría eficiente que lleve el proceso con éxito.
La consultoría Dipcom Corporate son expertos en los procesos que conlleva el concurso de acreedores. Su experiencia les define, ya que no han fracaso en ningún reflotamiento de empresa que la consultora haya tenido a su cargo.
El equipo de asesores encabezado por Igor Ochoa, reconocido experto de la consultora Dipcom Corporate, trabaja conjuntamente con el empresario para que tome las mejores decisiones que le permitan conseguir la estabilidad financiera a corto, medio y largo plazo.
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¿Qué es la ley de segunda oportunidad?
Para empezar, es importante conocer que la ley de segunda oportunidad, también conocida como concurso de acreedores. Es una norma que entró en vigor el 28 de julio de 2015 para ayudar a particulares y pequeños empresarios a empezar de cero después una insolvencia. Es decir, permite ayudarlos para que no arrastren las deudas indefinidamente.
Esta ley está indicada para pymes, autónomos, pequeños empresarios y familias que se han embarcado en un negocio y no les ha funcionado como pensaban. Cabe señalar que esta norma solo está disponible para aquellas deudas que no superan los cinco millones de euros.
La ley de segunda oportunidad surgió por la necesidad de que los autónomos pudieran pedir la exoneración de sus deudas, ya que antes de la entrada en vigor de la ley, no estaban acogidos por ninguna ley concursal y estaban en clara desventaja con respecto a las empresas que sí tenían ese derecho.
Para aprovechar las ventajas que implica esta ley es fundamental que se realice una liquidación de bienes en un concurso de acreedores personal o un concurso de acreedores de persona física. Es decir, para que se reduzca el pasivo, es imprescindible que la persona en cuestión liquide los bienes y destine el dinero a sufragarlos.
En esta situación, se puede llegar a pactar un calendario de pagos. El plazo que supone este pacto no puede superar los 10 años. Por tanto, es el mismo plazo que el establecido por la ley concursal. En términos generales, los pagos se realizan anualmente, por lo que en el momento en el que se apruebe el pacto, la persona puede estar un año sin pagar nada a los acreedores.
¿Se pueden saldar todas las deudas?
La ley de segunda oportunidad permite que las personas que hayan entrado en el concurso de acreedores de persona física y hayan resuelto la liquidación, pueden exonerar gran parte de sus deudas. Por tanto, pueden librarse de las deudas privadas con bancos o proveedores. Incluso mediante una subasta o la ejecución de un inmueble, se puede saldar la deuda.
De esta forma, los emprendedores ya no estarían en la lista de morosos y podrían acceder de una forma más fácil a préstamos bancarios, líneas de teléfono y seguros, entre otros. Sin embargo, existen dos tipos de deudas que no pueden extinguirse, aunque la persona esté dentro del concurso de acreedores.
Por un lado, están los créditos de derecho público. Es decir, las deudas pendientes con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria tendrán que ser saldadas independientemente de que el emprendedor esté amparado por la ley de segunda oportunidad. De la misma forma sucede con los créditos por alimentos, en los que, en caso de divorcio, el padre tendrá que seguir pagando la pensión alimenticia a sus hijos.
Aunque cabe señalar que estas deudas están sujetas a modificaciones, ya que en las últimas sentencias se han exonerado deudas con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria. Por ello, es imprescindible realizar junto con los asesores una óptima estrategia legal y económica.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Para poder disfrutar de las ventajas que supone acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, es fundamental que la persona física cumpla una serie de requisitos. Por un lado, el emprendedor debe justificar que no es capaz de hacer frente a sus deudas y debe demostrar que ha pagado todo lo que ha podido a sus deudores y que no tiene dinero ni otros activos.
Por otro lado, es importante que la persona haya actuado de buena fe, que haya intentado pactar un acuerdo extrajudicial de pagos, que la incapacidad para hacer frente a las deudas no haya sido provocada de manera voluntaria para beneficiarse de la ley, que no se haya amparado en la Ley los diez últimos años, que no haya cometido delitos económicos y que no haya rechazado un empleo que se ajuste a su capacidad de trabajo.
En definitiva, ampararse a la ley de segunda oportunidad no es algo sencillo de conseguir. Por este motivo, es necesario contar con una buena consultoría que logre reflotar la empresa con éxito. La consultoría Dipcom Corporate es experta en este tipo de procedimientos y ofrecen tarifas a un precio económico.